La iniciativa impulsada en el recinto busca equiparar los cigarrillos electrónicos con el tabaco tradicional en respuesta al fuerte aumento de su consumo. Prevé multas millonarias para los comercios infractores y la creación de campañas de concientización escolar.
Las transformaciones normativas en materia de salud urbana y el control de los consumos emergentes en los grandes conglomerados representan un desafío legislativo central para los representantes de la Ciudad de Buenos Aires. Cuando las dinámicas del mercado introducen dispositivos de administración de sustancias adictivas que ganan rápida popularidad entre las franjas más jóvenes de la población, el Estado se ve obligado a actualizar sus marcos regulatorios para garantizar la protección comunitaria y coordinar las respuestas sanitarias con los estándares nacionales. Para las plataformas informativas abocadas al seguimiento de la actividad parlamentaria y las políticas de bienestar social, difundir el alcance de estas leyes en debate resulta indispensable para analizar el impacto de las nuevas regulaciones urbanas.
La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires tratará de manera formal en el recinto un proyecto de ley que tiene como propósito central regular el uso, la venta y la promoción de vapeadores, cigarrillos electrónicos, dispositivos de tabaco calentado y bolsas de nicotina, poniendo un foco estricto en la limitación de su acceso a menores de 18 años. La iniciativa, impulsada originalmente por la diputada Manuela Thourte (UCR) tras los recientes cambios en el marco normativo de control nacional, prohíbe taxativamente el suministro de estos productos a menores de edad y veta por completo su utilización en espacios cerrados de acceso público, tales como medios de transporte, hospitales, escuelas y centros culturales. La propuesta sumó además valiosos aportes de la legisladora y médica Claudia Negri (Fuerza por Buenos Aires), orientados a reforzar la vigilancia epidemiológica mediante la declaración formal de estos dispositivos como sustancias perjudiciales para la salud humana y la creación de un registro local específico para el seguimiento de casos de Evali, la lesión pulmonar directamente asociada al vapeo. Con el fin de desincentivar el consumo masivo, el texto legal prohíbe toda publicidad o patrocinio de estos elementos fuera de los locales comerciales habilitados y fija un severo régimen de penalidades económicas para quienes incumplan las disposiciones, estipulando multas que oscilan entre las 500 y las 5.000 unidades fijas, lo que representa montos de hasta casi cinco millones de pesos actuales.
El tratamiento de la norma promete abrir una profunda discusión en las comisiones técnicas respecto a los mecanismos de fiscalización que implementará el Gobierno porteño en los puntos de venta. Las autoridades sanitarias locales manifestaron su respaldo a la legislación, destacando la urgencia de adecuar los programas de cesación tabáquica de los hospitales públicos para poder brindar asistencia psicológica y médica específica a la creciente cantidad de usuarios de dispositivos electrónicos.

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